Borrar
Asturias

Las leyes de la carrera profesional y la función docente entrarán en vigor en enero de 2010

El Consejo de Gobierno aprobó las normas legales que la Junta tiene que refrendar antes de fin de año Las cantidades percibidas desde 2007 se consideran «anticipos ya abonados» y su vigor se extingue el 1 de enero

M. S.

Jueves, 19 de noviembre 2009, 09:40

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Principado ha cerrado la segunda fase de un largo y complejo proceso que acabó en los tribunales y que a punto estuvo de obligar a los funcionarios públicos a devolver los haberes recibidos a cuenta desde el 1 de enero de 2007. Ayer, el consejo de gobierno aprobó, conjuntamente, las dos leyes en conflicto: la de la carrera profesional y la de la función docente, después de haber logrado el acuerdo de sindicatos y a la espera de que la Junta General cierre el proceso, refrendando las leyes aprobadas por el Ejecutivo regional.

«En el texto se desarrolla un modelo de carrera y se da cobertura jurídica a los pagos recibidos a cuenta», afirmó la portavoz del Gobierno asturiano, Ana Rosa Migoya, quien añadió que con ellas «se asegura que los funcionarios que habían venido recibiendo esta cuantía en concepto de carrera y desarrollo profesional lo seguirán percibiendo a partir de la aprobación de la ley». Y el objetivo del Principado es que entre en vigor el 1 de enero de 2010.

El proyecto de ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias para la Regulación de la Carrera Horizontal recoge que «el derecho a percibir el complemento por incentivos derivado del consejo de gobierno de 17 de mayo de 2007 se extingue a la fecha de la entrada en vigor de la presente ley». Y añade que esas cantidades se consideran «anticipos ya abonados» del primer tramo de la carrera profesional horizontal, a cuenta de la evaluación positiva. «Este reconocimiento tendrá efectos económicos del 1 de enero de 2007 y efectos administrativos de la entrada en vigor de la presente ley», puntualiza.

Al hilo de la implantación de la carrera profesional, la portavoz del Gobierno asturiano destacó «la novedad» que aporta la nueva ley al propiciar la incorporación a la carrera de quienes por las razones que fueren, no lo hubieran hecho en 2007. «Se abre un nuevo plazo de inscripción y adhesión, tanto para aquellos que no lo hubiesen hecho en enero de 2007 como para quienes en el transcurso de este tiempo hayan cumplido los requisitos, es decir, que hayan alcanzado los cinco años exigidos para poder tener derecho a la prestación de este incentivo».

La ley incorpora, de hecho, un nuevo concepto retributivo denominado 'complemento de carrera profesional', que reconocerá «la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño».

Evaluación docente

El otro proyecto de ley, el de la Evaluación de la Función Docente y sus Incentivos, que aún a día de hoy no ha conseguido el apoyo de todos los sindicatos, entiende los planes de evaluación como «parámetros de funcionamiento y medición del sistema educativo», que contemplará aspectos como «el absentismo, la función tutorial, la participación en proyectos conjuntos de mejora o de experimentación en actividades complementarias, la mayor dedicación, el desempeño de cargos directivos o la participación del personal docente en la consecución de objetivos colectivos del centro de trabajo».

Señala también que en la elaboración de los planes de evaluación se contará con «la participación del profesorado», que se someterá a ellos «voluntariamente». Y hace suya la LOE cuando afirma que «velará» por el respeto al docente.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios