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Economía

ECONOMÍA
La nueva ley reguladora de la construcción obliga a notificar la subcontratación de obras
Las empresas deberán presentar a partir del 25 el registro de empresas subcontratadas
05.11.07 - 13:09 -

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El Gobierno regional ha trasladado hoy a empresas y sindicatos de la construcción la obligatoriedad de presentar a partir del 25 de noviembre el registro de empresas subcontratadas tras la entrada en vigor del reglamento de la nueva Ley Reguladora de la subcontratación en el sector. Dicho reglamento obliga a los contratistas principales de cada obra a disponer de un registro de empresas subcontratadas que deberá ser entregado a partir de dicha fecha a la autoridad laboral, según ha indicado a Efe el director general de Trabajo, Antonio González.
La Ley Reguladora de la Subcontratación en la Construcción, que entró en vigor el 19 de abril, afectará en Asturias a cerca de 50.000 trabajadores de unas 3.000 empresas mientras que a nivel nacional repercutirá sobre 2,5 millones de personas y 350.000 compañías de todo el país.
Además, el reglamento contempla la necesidad de que las empresas colaboren con la autoridad laboral en la elaboración de un registro de subcontratistas antes del 25 de agosto del próximo año.
A la reunión celebrada hoy asistieron el consejero de Industria y Empleo, Graciano Torre, y el director general de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo junto a representantes de las federaciones de construcción de UGT y CCOO y de las patronales CAC y ASPROCON.
La Ley Reguladora de la Subcontratación en la Construcción tiene como objetivo mejorar las condiciones de seguridad de los trabajadores y propiciar un empleo de mayor calidad en este sector. El alto indice de siniestralidad laboral en la construcción es un factor al que quieren poner freno las administraciones públicas.
La norma reconoce la subcontratación como un mecanismo empresarial legítimo, pero establece las garantías necesarias para evitar que se convierta en un instrumento propiciador de la precariedad laboral. Entre las principales novedades de la Ley se encuentra la limitación de la subcontratación a un solo nivel en casos de actividades de mano de obra intensiva y hasta tres para trabajos especializados.
Asimismo, las empresas cuya actividad consista en ser contratadas o subcontratadas habitualmente para la realización de obras deberán contar con un número de trabajadores con contrato indefinido de, al menos, el 10 por ciento durante el primer año de vigencia, porcentaje que se incrementará progresivamente hasta el 20 y el 30 por ciento en los años posteriores.
La norma, la primera que regula en España el funcionamiento de la subcontratación, es fruto de un amplio consenso entre los agentes sociales y las fuerzas políticas.

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