Borrar
ACCIDENTE EN LA AS-248. Los bomberos, a punto de concluir las labores de excarcelación del conductor del Peugeot 206. / J. BILBAO
Detenido un joven que entró en el casco urbano de Gijón a 193 kilómetros por hora
GIJÓN

Detenido un joven que entró en el casco urbano de Gijón a 193 kilómetros por hora

J. O. L., de 29 años, conducía un Seat Ibiza y fue detectado por el radar en el acceso a la ciudad desde la 'Y', limitado a 80 Es el primer arresto por exceso de velocidad desde la reciente reforma del Código Penal

I. V.

Jueves, 17 de enero 2008, 09:11

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Gijón ha tenido el dudoso honor de ser testigo de la apertura de una nueva estadística en las cifras de la Dirección General de Tráfico en el Principado. Apenas mes y medio después de la entrada en vigor de la reforma del Código Penal en materia de seguridad vial, que prevé penas de cárcel para casos de extrema imprudencia ante el volante, el Instituto Armado efectuó ayer la primera detención de un conductor en Asturias motivada por un grave exceso de velocidad. Según informaron fuentes de la Guardia Civil, J. O. L., de 29 años, circulaba a más de 190 kilómetros por hora por la entrada a la ciudad desde la 'Y', en un tramo limitado a 80 kilómetros por hora.

La imprudencia del joven detenido fue detectada por un radar móvil a la altura del kilómetro 1,900 de la carretera GJ-81 -esto es, el acceso a la ciudad desde la autopista 'Y', entre el nudo de Tremañes y el puente de Moreda-. De acuerdo con la información facilitada por Tráfico, el presunto infractor, que conducía un Seat Ibiza, pasó el punto de control a una velocidad de 193 kilómetros por hora, es decir, 113 kilómetros por hora por encima del máximo permitido para un tramo de autopista que discurre por dentro de poblado.

El equipo de atestados de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil instruyó las correspondientes diligencias que, junto al detenido, fueron puestas a disposición de la autoridad judicial.

Desde el 2 de diciembre

La nueva normativa, que entró en vigor el 2 de diciembre de 2007, fija penas de entre tres y seis meses de cárcel para los conductores que superen en más de 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en los núcleos urbanos -es decir, que vayan a 110 kilómetros por hora- y a los que sobrepasen en 80 kilómetros por hora los límites establecidos para vías interurbanas -en el caso de autovías y autopistas, los que circulen a 200 kilómetros por hora. Como alternativa, y siempre a criterio del juez, estas penas podrían ser sustituidas por una multa de seis a doce meses, además de entre 30 y 90 días de trabajos en favor de la comunidad. En todos estos casos, los conductores sufrirán la retirada del permiso de conducir entre uno y cuatro años.

En este caso particular, el importante desfase entre la velocidad permitida y la detectada por el radar de Tráfico podría inducir al juez a considerar la existencia de una 'temeridad manifiesta', circunstancia que podría elevar la pena de cárcel hasta los dos años de prisión, con la sanción paralela de retirada del carné hasta un máximo de seis años. Si el tribunal estimase además la existencia de un agravante por 'manifiesto desprecio por la vida de los demás' el joven podría enfrentarse a un castigo de entre dos y cinco años de cárcel, además de la prohibición de conducir vehículos a motor durante un período que oscilaría entre seis y diez años.

La reforma del Código Penal en materia de seguridad vial nació con el espíritu de endurecer las penas a los graves infractores de las normas del tráfico, considerando delito algunos comportamientos que anteriormente solo adquirían esta consideración a instancias de las correspondientes fiscalías territoriales. Aparte de la velocidad, la modificación se centró en las irregularidades relacionadas con el exceso de alcoholemia, tipificando como delito cualquier tasa superior a los 0,6 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios