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El juez retiró el carné en 1992 al hombre que pidió dinero a los padres del joven que atropelló
Le obligó a pagar una indemnización millonaria tras arrollar a una mujer y a un niño de 4 años
03.04.08 -

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Los problemas de Tomás Delgado Bartolomé al volante comenzaron mucho antes del accidente mortal que costó la vida al joven Enaitz Iriondo frente al camping de Castañares. Una sentencia del año 1992 del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona condenó al vecino de Santo Domingo de la Calzada al pago de 200.000 pesetas de multa, dos millones y medio más en concepto de indemnizaciones y a un año de retirada del permiso de conducir por atropellar a una mujer y a un niño de corta edad en Pamplona.

El suceso ocurrió cuando Tomás Delgado conducía por la capital navarra. Pese a haber cambiado a ámbar el semáforo que regula el cruce de una confluencia, Delgado decidió continuar su marcha con la intención de rebasar tanto este semáforo como el siguiente. Al llegar a la altura de esta segunda señal luminosa, el conductor arrolló a las personas que cruzaban debidamente en ese momento la calle.

Como consecuencia del atropello, una mujer resultó con lesiones por las tuvo que recibir asistencia médica y estuvo siete días incapacitada, aunque el peor parado fue un niño de tan sólo cuatro años. El pequeño requirió tratamiento quirúrgico para curar una rotura hepática y una fractura de fémur, lo que le tuvo convaleciente durante casi seis meses. Además, le quedaron como secuelas una cicatriz de 15 centímetros en la región abdominal y otras cuatro cicatrices más pequeñas en el muslo derecho, así como una asimetría en dicha extremidad.

El juez subraya que «la actuación de Delgado a los mandos de su vehículo evidencia el quebrantamiento de las más elementales cautelas». De igual modo, el juez asegura que «su falta de previsión de causar lesiones a terceros fue absoluta» y, en definitiva, apunta que «la conducta del señor Delgado supuso una vulneración tosca y evidente del principio de seguridad en la circulación».

El fallo judicial le consideró autor de un delito de imprudencia temeraria y le impuso 200.000 pesetas de multa, un año de privación del permiso de conducir, le obligó a pagar las costas del juicio excepto las de la acusación particular y estimó las indemnizaciones en cifras millonarias.

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