
Aunque ninguna de las dos peticiones tiene aún carácter firme, el matiz supondría una serie de cambios sustanciales en la tramitación del proceso y también en la posible condena a la que se enfrentaría la madre de los dos bebés fallecidos en el fatal incendio.
La fiscalía inició la tramitación del proceso judicial a través del procedimiento del homicidio doloso, aquel en el que la omisión se equipara a haber causado la muerte. Una vía que conlleva que sea la Audiencia Provincial la encargada de su desarrollo y que la fórmula para llegar a una sentencia pase por la participación de un jurado popular.
La condena por un delito de homicidio doloso conlleva una pena de cárcel de entre diez y quince años, por lo que, en el caso de Rosa Magariño, la pena mínima que se podría pedir atendiendo a esta tipología sería de veinte años, diez por cada uno de los niños fallecidos.
En cambio, en el caso de que la petición de la fiscalía fuese de homicidio imprudente, cambiaría ostensiblemente tanto el proceso de tramitación judicial, que podría volver a los juzgados avilesinos donde fue instruido, como la petición de pena para la acusada, que oscilaría entre uno y cuatro años por cada uno de los fallecidos.
La opción tomada por la fiscalía de iniciar el proceso a través de la vía del homicidio doloso responde al hecho de que «no queríamos dejar ninguna puerta cerrada. Con esta opción podíamos volver atrás y pedir homicidio imprudente», indicaron fuentes de la fiscalía.
Actualmente, el caso se encuentra en manos de la Audiencia Provincial, donde se estudia un recurso «por cuestiones formales», según indicaron fuentes de la fiscalía. Las previsiones que se manejan desde el órgano acusador de los juzgados avilesinos son «que la Audiencia se limite a valorar las cuestiones de forma y no el fondo del asunto», es decir, fallos en la tramitación e instrucción de la causa y no el hecho de que el caso pueda salir adelante con la imputación de un delito de homicidio doloso.





