
El seminario sobre delitos de circulación tuvo lugar en el Centro Municipal Integrado de Pumarín-Gijón Sur y tenía como objetivo trasladar a los profesionales de las fuerzas del orden la situación derivada de la inclusión en el Código Penal de nuevos tipos delictivos relacionados con la seguridad del tráfico, como la velocidad, el alcohol y la ausencia del permiso de conducir. Además del juez, intervinieron Luis Zaragoza Campoamor e Ignacio Manso Platero, ambos abogados y asesores jurídicos de la AUGC.
El análisis pormenorizado de las modificaciones legislativas en materia de tráfico llega cinco meses después de la entrada en vigor del nuevo Código Penal y en un lugar como Gijón, donde la media de conductores detenidos por estos delitos ronda las diez personas durante los fines de semana.
Alcoholismo al volante
Lino Rubio Mayo profundizó de forma exhaustiva en los diferentes contenidos de la nueva legislación e hizo hincapié en los delitos derivados del alcoholismo al volante (el límite está fijado en 0,25 miligramos de alcohol en aire expirado). En lo relativo a la velocidad, el magistrado apuntó la existencia de «varias sentencias absolutorias ateniéndose al margen de error de los aparatos de medición de la velocidad, que pueden presentar una pequeña diferencia entre la velocidad real y la registrada». Otra de las controversias generadas sobre esta legislación penal en materia de circulación, y que fue analizada por el juez, es la referente a la responsabilidad penal o administrativa de los conductores que se nieguen a someterse a la prueba de alcoholemia. «Existen sentencias que fijan que el conductor que no presente signos de alcoholismo y se niegue a realizar un test de alcoholemia solo podrá tener una responsabilidad administrativa», apuntó el magistrado.





