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La Constitución permite exigir indemnización

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¿Tienen que quedarse los ciudadanos de brazos cruzados ante los daños que les ha causado la huelga de Justicia? El artículo 121 de la Constitución deja la puerta abierta a la exigencia de responsabilidades. «Los daños causados por errores judiciales, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado», reza. «Imagina a una inmigrante ilegal que tuviera concertada boda con un nacional en los días de la huelga, que no pudiera celebrarla, y que la policía va y la deporta: el daño sería gravísimo», ilustra el letrado Luis Nogueiro, que en su opinión «vamos a ver muchas reclamaciones en estas semanas y será positivo». «Sería bueno que la gente empezara a pedirle dinero a la Justicia por sus dislates, al igual que hacen con los médicos», finaliza.

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