«Se anulan por ser contrarios a derecho». Así de contundente es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que ha dejado sin efecto el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Gijón, aprobado en diciembre de 2006, así como el texto refundido, que tiene fecha de 2007 y que incluía algunas modificaciones introducidas tras la presentación de recursos de reposición al propio plan. El TSJA contesta de este modo al contencioso presentado por una familia de La Pedrera que pretendía precisamente anular el PGOU y el texto refundido, con la mención especial a los planes de Bernueces y Cabueñes. Y como éste hay aún otros seis recursos similares en marcha.
Las pretensiones de los recurrentes han sido atendidas por el tribunal que, en la sentencia, analiza todos los motivos por los que, a su juicio, el PGOU es nulo. El primero de ellos, y más importante (porque basta por sí solo para suspender el plan de ordenación), es una cuestión de procedimiento. Así, el tribunal entiende que el Ayuntamiento debería haber utilizado la figura de la revisión del anterior PGOU en lugar de la modificación, que es la que usó. Aunque uno y otro procedimiento concluyen en lo mismo, en la introducción de cambios en el plan, la sentencia confirma que «en el plano sustantivo o material es mayor el grado de exigencia de la revisión». Es decir, que una revisión hubiera conllevado una mayor información pública, entre otras cosas.
El tribunal considera que cuando el Ayuntamiento comenzó en 2003 la adaptación del plan a la nueva Ley del Suelo del Principado, no se limitó sólo a tramitar cambios puntuales, sino que realizó una «modificación sustancial, siendo el factor más novedoso el salto de la Ronda Sur». Es aún más contundente al afirmar que «se ha encubierto una genuina operación de revisión del plan bajo un indebido supuesto de modificación puntual». Porque, a juicio del tribunal, el texto que regula todo el planeamiento urbanístico del concejo supuso en su momento «el comienzo de un nuevo y distinto modo de entender y conformar el espacio urbano», modelo que supone «una ordenación distinta de la tradicional».
Este argumento tiene ya, para los magistrados, «efecto anulador», debido al «deficiente periodo de información pública anterior a la aprobación inicial, la falta de documentos esenciales, el deficiente estudio económico y financiero como consecuencia de la inadecuada tramitación de la adaptación como una modificación». Aún así, el tribunal analiza el resto de cuestiones alegadas por los vecinos. Entre ellas, la «improcedencia» de los recursos de reposición que el Ayuntamiento permitió presentar tras la aprobación definitiva del plan. Dice la sentencia que no caben ese tipo de recursos ya que el PGOU es «una disposición de carácter general».
La última cuestión analizada es la falta de evaluación de impacto ambiental. Si bien el Ayuntamiento ha mantenido siempre que no era necesario, ajustándose al derecho comunitario, el TSJA no está de acuerdo. Comienza esta parte de la sentencia reconociendo que el plan urbanístico «supone la transformación de más de 320 hectáreas», cuando un Real Decreto señala que la evaluación de impacto es necesaria siempre que se planee transformar más de 100. Profundiza el tribunal al analizar que un 70% del total del nuevo suelo urbanizable «está más allá de las vías de cintura», lo que supone un cambio en el crecimiento de la ciudad. «Con ese punto de partida de transformación de un territorio rural, resulta que era obligatoria la evaluación de impacto ambiental».
Las consecuencias
Hasta aquí, la sentencia. Y a partir de ahora, ¿qué ocurrirá con el urbanismo gijonés? En esto hay, como era de esperar, dos puntos de vista. En primer lugar, el de los vecinos que presentaron este recurso, representados por el abogado Antonio García, especialmente ligado a la zona rural y a todas las protestas que las parroquias han llevado a cabo desde el principio (es presidente de la asociación de Deva). Partiendo de la base de que la sentencia no es firme, porque cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, García considera que el Ayuntamiento podría declarar ya de oficio la nulidad del plan (ya que según su opinión «es complicado que el Supremo acepte un recurso de casación de cuestiones urbanísticas») y evitar, así las «enormes responsabilidades patrimoniales» que el Consistorio debería asumir si la anulación llega a ser firme.
Porque dejar sin efecto el PGOU significa, en la práctica, anular todas las figuras de planeamiento que de él se desprenden, es decir, todos y cada uno de los planes especiales, suelos urbanizables nuevos, polígonos y unidades de actuación. Además, los recurrentes ya avisan: en caso de que la sentencia sea firme, pedirán su ejecución aunque eso conlleve la paralización de planes ya iniciados. García defiende, por tanto, que habría que comenzar de cero, pero con una normativa «que complica mucho más cualquier intento de unilateralismo por parte del Ayuntamiento».
Nada que ver con la opinión del equipo de gobierno. Tanto el concejal de Urbanismo, Pedro Sanjurjo, como la propia alcaldesa, tras varias reuniones de urgencia celebradas durante la mañana de ayer, defendieron que «el PGOU tiene plena vigencia en tanto no haya sentencia firme». Porque el Ayuntamiento tiene la intención de recurrir ante el Supremo, algo que notificarán, como se exige, en el plazo de diez días. Y lo harán porque «no compartimos ninguno de los dos supuestos», dijo Sanjurjo, que interrumpió sus vacaciones para hacer frente a esta «situación no esperada» y «no deseada».
Argumentan dos cosas. En primer lugar, que «en la práctica, revisión y modificación es lo mismo y desde el punto de vista procedimental no hay diferencias importantes». Paz Fernández Felgueroso añadió: «Tienen las mismas garantías y plazos». Por lo tanto, «la actuación municipal se ha ajustado a derecho». Y por otro, porque defienden que la normativa medioambiental que exige el estudio de impacto no es aplicable, por una cuestión de fechas, al plan urbanístico.
Así las cosas, «no prevemos ninguna paralización mediante una ejecución provisional de la sentencia», dijo la primera edil. «No habrá ningún cambio», añadió Sanjurjo. Es decir, el Ayuntamiento no paralizará las tramitaciones urbanísticas en marcha.