La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Gijón contra la decisión de la Junta Electoral Provincial de suspender la difusión de la 'Gaceta de Gijón', en cualquiera de sus formatos, durante los periodos electorales. El órgano electoral había tomado esa determinación después de que los representantes del Partido Popular gijonés presentaran una denuncia en ese sentido.
Según informó ayer el concejal popular Pedro Muñiz, su grupo municipal sostiene que dicha publicación no puede salir a la luz «desde el momento en que se convocan unas elecciones. El Ayuntamiento de Gijón lo había incumplido en todas las elecciones, a pesar de que lo deja bien claro la Ley Orgánica del Régimen Electoral General».
Según la sentencia del TSJA, dada a conocer ayer, la actividad de las corporaciones locales dentro del periodo electoral «debe quedar circunscrita a la más pura y limpia campaña de carácter institucional, destinada a informar e incentivar la participación de los electores en los comicios, sin que sea lícito, dentro del indicado periodo, hacer ostentación de los logros obtenidos o de los proyectos realizados o a realizar, inversiones, etcétera, en cuanto no admite la crítica, la controversia ni el pluralismo político».
Influencia
El alto tribunal considera que ese precepto se ha de aplicar desde la convocatoria hasta el mismo día de la votación. La sentencia añade que «los poderes públicos deben de limitarse a la propaganda institucional de informar e incentivar la participación en las elecciones con exclusión de cualquier otra que directa o indirectamente pueda influir en los electores, entre las que se incluyen información sobre los logros obtenidos durante el mandato del poder público, como hace la 'Gaceta de Gijón', cuya difusión suspendió la Junta Electoral Provincial».
Pedro Muñiz reconoció que «el Ayuntamiento puede recurrir esta sentencia ante el Tribunal Supremo y estoy seguro de que lo hará, porque con pólvora ajena se dispara muy bien, ya que lo pagan todos los gijoneses». Según indicó el concejal popular, esta sentencia afecta tanto a la versión impresa de la 'Gaceta de Gijón' como a sus emisiones en formato de radio o de televisión, tal y como indica la ley electoral.