Felipe Aller Celemín, presidente del Círculo de Ayuda a Padres y portavoz del Foro de Socios del Grupo Covadonga, se personó ayer en el juzgado de lo Penal número 3 de los de Gijón, ya que pesaba sobre él una orden de busca y captura para ingresar en prisión durante un periodo de cien días.
Poco antes de la una de la tarde, sin asistencia legal, Aller Celemín se entrevistó con el secretario del citado juzgado, quien le informó de los pormenores del procedimiento que se seguía contra él. Acto seguido, después de recoger el auto dictado por la Sección Octava de la Audiencia Provincial y que le enviaba a la cárcel, dos agentes de la Policía Judicial le trasladaron a las dependencias carcelarias del Palacio de Justicia, desde donde sería trasladado a la prisión de Villabona.
Minutos antes de acceder al juzgado, el propio Felipe Aller indicó a este periódico que la petición de cárcel era de dos años, si bien, posteriormente se pudo comprobar que se trata de cien días, según una sentencia dictada por el referido juzgado de lo Penal, el 27 de noviembre de 2003.
Aller Celemín fue condenado por dos delitos de injurias contra los jueces Julio Fuentes y Soledad Ortega. Según aquella causa, había indicado de ambos magistrados que habían adoptado «resoluciones a sabiendas de su antijuricidad», «chorizadas judiciales», «amañando y retorciendo los procedimientos en un flujo de dinero y favores entre juzgador y fiscalía», «conducta vergonzante judicial» y «pocilga jurisdiccional», al tiempo que les acusaba de haber cometido delitos de usurpación de personalidad y de funciones.
Según la sentencia, Aller Celemín incurrió en un delito continuado de injurias, a pesar de que su defensa mantenía que había actuado «en ejercicio de su libertad de expresión y crítica».
Si bien Felipe Aller fue condenado, no se ordenó el ingreso en prisión por ser una condena inferior a dos años y la primera vez que se le condenaba. También se habían satisfecho las responsabilidades civiles originadas.
No obstante, Fuentes y Ortega recurrieron el fallo hasta en tres ocasiones, exigiendo el ingreso en prisión de Aller Celemín. El tercero de esos recursos fue ante la Audiencia Provincial, que decidió estimar el recurso de apelación y revocar las resoluciones del juzgado de lo Penal número 3 de los de Gijón, «dejando sin efecto la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad acordada».
El motivo que da la Audiencia Provincial para este cambio de criterio es que «debe apreciarse peligrosidad criminal en el penado», y antes de hacer un repaso a las injurias imputadas a Felipe Aller Celemín, el magistrado indica que «no sólo no se ha evidenciado gesto alguno de arrepentimiento, sino que con actos posteriores ha venido demostrando el nulo impacto que ha tenido en él la condena». El auto finaliza indicando que la conducta del penado revela «su nulo arrepentimiento y pronóstico desfavorable a la comisión de nuevos delitos».
Contra este auto sólo cabe la petición de indulto.