Viernes, 11 de mayo de 2007
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Un inmueble de vacaciones que utilizan de forma alterna varios propietarios
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Según el diccionario de la Real Academia Española, multipropiedad significa «condominio de un inmueble, cuyo disfrute está restringido a períodos determinados». Siguiendo con el diccionario, condominio es el «dominio de una cosa en común por dos o más personas». Pero ahora el término multipropiedad ha caído en desuso, sustituido por una formulación más larga: sistema de tiempo compartido.

Consiste en ofertar un mismo inmueble de vacaciones a distintas personas, que se reparten su estancia en la vivienda durante todo el año, de modo que nunca coinciden en el mismo sitio, pero todos tienen fijadas sus fechas de disfrute del lugar de 'veraneo'.

«No es algo ilegal, pero los sistemas de tiempo compartido encierran muchas veces engaños. Te dicen que compres una semana en febrero y luego será fácil cambiarla para verano, pero luego no puedes y te quedas 50 años con unas vacaciones en febrero», aclara Inés Núñez, asesora jurídica de la Unión de Consumidores de España (UCE).

Añade que al firmar este tipo de contratos, «existen diez días de plazo para anularlos, pero cuando pasan, luego es imposible dar marcha atrás y los derechos de la compra duran 50 años».

 
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