Lunes, 14 de mayo de 2007
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ECONOMÍA

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Asturias ya puede fijar las retribuciones específicas de sus funcionarios
El Estatuto del Empleado Público, que entra en vigor hoy, regula las condiciones laborales de 2,5 millones de trabajadores y vincula salarios a productividad
Asturias ya puede fijar las retribuciones específicas de sus funcionarios
EN OVIEDO. Un grupo de trabajadores, en el edificio que alberga el Ente Tributario. / M. ROJAS
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El Estatuto Básico del Empleado Público entrará en vigor hoy. La norma es un mandato constitucional que cubre a 2,5 millones de trabajadores y permite a las comunidades fijar las retribuciones específicas del puesto de sus funcionarios. Las autonomías evaluarán «el grado de interés, iniciativa o esfuerzo» del funcionario en su actividad profesional, así como «los resultados obtenidos» en ese análisis. En consecuencia, fijarán las retribuciones específicas o complementarias del puesto de trabajo. El Ministerio de Administraciones Públicas mantiene que se trata de una práctica frecuente entre las autonomías pero el Estatuto convierte ese procedimiento habitual en una competencia fijada por ley.

Con la entrada en vigor del Estatuto, los empleados públicos de las tres administraciones (General, autonómica y local) tienen reconocidos derechos con los que hasta ahora no contaban. Así, entre los principios que recoge figuran un sistema retributivo vinculado a productividad, derecho a la negociación colectiva, mejora del permiso de paternidad, jubilación parcial y anticipada, desarrollo de la carrera profesional, regulación de la función directiva, reducción del empleo temporal y jurados técnicos y profesionales para las pruebas de acceso.

Al tratarse de una ley básica muchas de sus medidas necesitan desarrollos posteriores. Para ello, el Ministerio de Administraciones Públicas y los sindicatos han creado un grupo de trabajo. Una vez elaborados los reglamentos necesarios, cada administración (General y autonómicas) abrirá negociaciones específicas en su ámbito para cerrar determinados capítulos dentro de un estatuto propio.

Las cuestiones generales serán de inmediata aplicación. Los empleados que apuesten por la jubilación anticipada tampoco tendrán que esperar mucho tiempo, puesto que el ministro Jordi Sevilla ha anunciado que este derecho se introducirá como enmienda al proyecto de Ley de Reforma de la Seguridad Social, previa negociación con los sindicatos, que está previsto vea la luz en 2007. Más compleja será la aplicación de la jubilación parcial.

Los cánones para medir y evaluar el rendimiento de los trabajadores quedarán recogidos en un decreto, en cuya redacción también participarán los sindicatos. Lo mismo ocurrirá con la definición y descripción de la función del directivo público. Las previsiones indican que ambas normas estarán listas en setiembre.

Entre las cuestiones a debatir está la posibilidad de reducir la jornada ordinaria de 37 horas y 30 minutos. Esta iniciativa se suma a la serie de reformas que facilitan la conciliación de la vida laboral con la privada. Dadas las actuales fechas no parece posible que los nuevos estatutos se elaboren en la presente legislatura, por lo que la modificación del horario quedará pendiente para la próxima. No obstante, Sevilla ha apuntado que las comunidades pueden comenzar a «dar los pasos que crean oportunos». El Estatuto fue respaldado en su tramitación parlamentaria por todos los grupos, excepto por el PP. Para Sevilla, es una «herramienta esencial para mejorar la calidad de los servicios públicos».

 
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