Domingo, 8 de julio de 2007
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GIJÓN

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Una sentencia ratifica la legalidad de la adjudicación de El Bibio a Zúñiga
El juez desestima el recurso de Sarot Asesores contra la adjudicación de los festejos taurinos
Una sentencia ratifica la legalidad de la adjudicación de El Bibio a Zúñiga
EMPRESARIO Y CONCEJAL. Carlos Zúñiga, izquierda, y el anterior edil de Festejos, Iván Álvarez Raja. / L. SEVILLA
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La adjudicación por dos años de los festejos taurinos de Gijón a la empresa de Carlos Zúñiga, a finales de 2005, fue legal y ajustada a los pliegos del concurso municipal. A esa conclusión, al menos, llegó el titular del juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de los de Gijón, Jorge Luis Rubiera Álvarez, en una reciente sentencia en la que desestima el recurso presentado en su día por la empresa Sarot Asesores, S. L., representada por José Félix González, que resultó perdedora en el citado concurso.

Tras la decisión unánime de la comisión taurina y de la mesa de contratación de adjudicar los festejos a Circuitos Taurinos, S. L., empresa regentada por Carlos Zúñiga, el representante de Sarot Asesores presentó un recurso ante el Ayuntamiento, que fue desestimado, y posteriormente acudió a los tribunales. Ahora, un año y medio después, el citado juez desestima la demanda y deja claro en la sentencia que, en todo momento, la decisión adoptada por el Ayuntamiento se ajustó a derecho y respetó las condiciones del concurso.

Sarot Asesores presentó una oferta económica superior a Circuitos Taurinos (60.000 euros por 42.000 euros), pero la comisión municipal taurina, presidida por el concejal de festejos, Iván Álvarez Raja, y en la que también participan el PP y un representante de las peñas taurinas gijonesas, entendió que la presentada por la empresa de Carlos Zúñiga reunía, en todo lo demás, unas condiciones superiores que la de su opositor. En consecuencia, al tratarse de un concurso, se votó de forma unánime a su favor.

Sarot Asesores recurrió por entender que no se habían respetado las condiciones del pliego, alegando, entre otras cuestiones, que había «confusión tanto en los criterios de selección como de adjudicación».

En su sentencia, el magistrado hace mención a que el demandante, que iba tanto contra el Ayuntamiento de Gijón como contra Circuitos Taurinos, no impugnó las bases de forma previa y que, en consecuencia, «carecerá de legitimación para impugnarlo después, cuando además los criterios de baremación fueron explicitados en el dictamen de la comisión de valoración». Por todo ello, entiende que la decisión «se ajusta a lo previsto en el referido pliego» y «no incurre en causa de nulidad sino que se ha seguido estrictamente cada uno de los apartados del pliego».

Valorar méritos

Igualmente, en la sentencia se hace expresa mención a que la oferta de Sarot Asesores fue desestimada por los miembros de la comisión taurina por la «percepción de una bajada en la gestión de plazas importantes en los últimos cinco años». En ese momento, la oferta perdedora de Gijón se había quedado sin la explotación de las plazas de Burgos, Cáceres, Soria y Oviedo. A la vez, destaca los méritos de Circuitos Taurinos para hacerse con el contrato , méritos que fueron explicitados por los miembros de la citada comisión taurina. Como conclusión final, el magistrado deja claro que en el concurso convocado, el Ayuntamiento puede valorar los méritos como estime oportuno, de acuerdo al pliego, y que ello «no puede ser sustituido por las apreciaciones del recurrente», por lo que desestima la demanda. La defensa de Carlos Zúñiga la llevó el ex secretario municipal Mariano López Santiago, y la municipal, Félix Fontecha.

 
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